¿En qué circunstancias las partes pueden convenir un bono?
Un bono, el cual es remuneración y por lo tanto imponible, puede ser pactado voluntariamente en el contrato de trabajo (individual o colectivo), para incentivar un aspecto de la relación laboral, como por ejemplo, un estímulo a la productividad, asistencia, puntualidad, etc; cuyo monto dependerá del cumplimiento de ciertos requisitos fijados, de mutuo acuerdo entre las partes.
Cabe destacar que, una vez pactado el bono o beneficio al trabajador no puede ser modificado unilateralmente por el empleador. Solo se puede modificar si las dos partes están de acuerdo o alguna ley exiga un cambio, eliminación o creación.
Fuentes:
www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60241.html
www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-72713.html
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