PROTECCION A LAS MADRES TRABAJADORAS
La maternidad es el regalo más maravilloso que podemos tener como mujeres. La demanda social y personal por ser una buena madre, especialmente en una sociedad que nos otorga a nosotras la responsabilidad casi exclusiva de la crianza y educación de nuestros niños, es enorme.
¿Pero qué tipos de empresas deben cumplir con la protección a las madres trabajadoras?
Todas las empresas e instituciones de tipo públicas y privadas, incluso los centros comerciales y mall. Y en todas las sucursales o faenas que posea la empresa, establecimiento o servicio.
Como madre trabajadora tienes los siguientes beneficios de acuerdo al Libro II del Código del Trabajador (Octubre, 2011):
- Prenatal: seis semanas antes del parto.
- Postnatal: doce semanas después del parto.
- Postnatal parental: doce o dieciocho semanas (dependiendo de si la madre se queda en casa o si regresa a trabajar por media jornada) después del postnatal recién mencionado.
El fuero maternal protege a la madre trabajadora para que no pueda ser despedida por su empleador durante el pre y post natal siendo un tiempo aproximado de dos años. Pero una vez cumplido su fuero las causales de despido pueden ser debido al termino de su contrato o hechos imputables a la conducta del trabajador.
¿Cómo crees que influirá este beneficio y derecho para las mujeres trabajadoras? ¿En qué afectará a los empleadores el que no estes presente en tus labores por tanto tiempo?
Creo que es muy importante saber que derechos tenemos como mujeres trabajadoras, sobre todo en este caso del permiso pos natal .
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