sábado, 14 de enero de 2012

PROTECCION A LAS MADRES TRABAJADORAS

La maternidad es el regalo más maravilloso que podemos tener como mujeres. La demanda social y personal por ser una buena madre, especialmente en una sociedad que nos otorga a nosotras la responsabilidad casi exclusiva de la crianza y educación de nuestros niños, es enorme.

¿Pero qué tipos de empresas deben cumplir con la protección a las madres trabajadoras?
Todas las empresas e instituciones de tipo públicas y privadas, incluso los centros comerciales y mall. Y en todas las sucursales o faenas que posea la empresa, establecimiento o servicio.
Como madre trabajadora tienes los siguientes beneficios de acuerdo al Libro II del Código del Trabajador (Octubre, 2011):
  • Prenatal: seis semanas antes del parto.
  • Postnatal: doce semanas después del parto.
  • Postnatal parental: doce o dieciocho semanas (dependiendo de si la madre se queda en casa o si regresa a trabajar por media jornada) después del postnatal recién mencionado.
El fuero maternal protege a la madre trabajadora para que no pueda ser despedida por su empleador durante el pre y post natal siendo un tiempo aproximado de dos años. Pero una vez cumplido su fuero las causales de despido pueden ser debido al termino de su contrato o hechos imputables a la conducta del trabajador.


¿Cómo crees que influirá este beneficio y derecho para las mujeres trabajadoras? ¿En qué afectará a los empleadores el que no estes presente en tus labores por tanto tiempo?

1 comentario:

  1. Creo que es muy importante saber que derechos tenemos como mujeres trabajadoras, sobre todo en este caso del permiso pos natal .

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